CONCEPTO DE LAS COMUNIDADES DE APRENDIZAJE:
Comunidades de aprendizaje: Es un proceso basado en un conjunto de actuaciones educativas de éxito dirigidas a la transformación social y cultural.
NIVELES DE CONCRECIÓN CURRICULAR EN LA LOE :
Las leyes de educación desarrollan en sus textos los ideales vigentes, las pretensiones y
los modelos, trazando directrices metodológicas, planteando objetivos de cara a la
consecución de la construcción del paradigma de sociedad que en ese momento es
considerado como deseable.
Desde las leyes a las aulas, el camino se traza a través de tres niveles, conocidos como
Niveles de Concreción Curricular, y que se describen a continuación:
-PRIMER NIVEL: DISEÑO CURRICULAR BASE. Lo elabora el MEC, y señala intenciones
educativas, orientaciones, planteamientos metodológicos… Su característica definitoria
es la generalidad. Plantea grosso modo los elementos curriculares, como Objetivos
Generales de Etapa, definiciones de las Áreas, Objetivos Generales de éstas, bloques de
contenidos…
-SEGUNDO NIVEL: PROYECTO DE CENTRO. El Diseño Curricular Base es un marco común
que será prescriptivo en todos los centros, por el carácter obligatorio de la normativa
que recoge. El desarrollo de este nivel corresponde a los equipos docentes, que deben
adecuar los planteamientos del Diseño Curricular Base a las características
idiosincrásicas de cada centro, contextualizando y detallando cada norma prescriptiva
según el entorno en que se van a desarrollar de forma efectiva los procesos de
enseñanza – aprendizaje. El Proyecto de Centro lo elabora y aprueba el claustro según
determina la LOE.
De este modo, se da a los centros una cierta autonomía para elaborar sus propias
normas de organización y funcionamiento, que quedan para ser resultado del trabajo en
equipo de los profesores, en coherencia con el contexto y sus necesidades específicas,
identidad propia, etcétera.
-TERCER NIVEL: PROGRAMACIÓN DE AULA. Esta concreción se realiza a partir de los
acuerdos señalados en el Proyecto de Centro por todos los profesores en cuanto a
criterios generales para la elaboración de las programaciones didácticas de las distintas 2
áreas, etc.
Esquema representativo:
NIVELES DE CONCRECION CURRICULAR:
1. . Ley (orden de 25 de Junio de 2008)
2. Plan de centro:
-ROF
-PROYECTO DE GESTION
-PROYECTO EDUCATIVO -> Planes, proyectos del centro, profesorado, convivencia, coeducación… -> Plan de atención a la diversidad. -> Programaciones
3. . Programación de aulas
4. ACIS = Adaptaciones Curriculares Individualizadas Significativas
PLAN DE CENTRO:
El plan de centro es el documento que expresa las señas de identidad es el autentico referente con cáracter sistemico e integrador, del principio de autonomia pedagógica, de organización y de gestión.
La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, establece, en su Art.126, los documentos que integran el Plan de Centro. Son los siguientes:
- El Proyecto Educativo.
- El Reglamento de Organización y Funcionamiento.
- El Proyecto de Gestión del Centro.
El Plan de Centro se revisa de forma anual, es decir se elabora cada año adaptándose a las circunstancias, dificultades, avances, deliberaciones y acuerdos del Claustro y del Consejo Escolar. A mitad de curso se realiza una revisión y es al final del curso cuando se evalúa el grado de cumplimiento del Plan de Centro. Las conclusiones más relevantes son recogidas en una Memoria que es supervisada por la Delegación de Educación de Cádiz. En esta página web sólo se va a reseñar los aspectos más importantes de esta Programación General debido a su extensión.